PROBLEMAS AEROPORTUARIOS
RETRASOS EN LOS VUELOS, PERDIDA DE MALETAS, PROBLEMAS CON EL EQUIPAJE DE MANO
Se terminan las vacaciones y toca volver a nuestra rutina laboral, esos días de tranquilad, sol, amigos y ocio. Pero en ocasiones, lo que deberían ser unos días placenteros y de absoluta relajación se convierte en una auténtica pesadilla en los aeropuertos, con pérdidas de maletas, retraso en los vuelos, problemas con el equipaje de mano o la documentación necesaria para volar. En este articulo vamos a analizar una breve aclaración y análisis del Real Decreto 261/2004, para conocer realmente
¿Que 4 cosas NO podemos RECLAMAR en los VUELOS?
1º. Retrasos en los Vuelos:
El pasajero podrá reclamar siempre y cuando el retraso sea superior a 180 minutos: Este tiempo se considerará en el sistema operacional del aeropuerto (AENA) teniendo derecho a una indemnización entre 250 a 600 euros.
2º. Falta de Documentación
No siempre es suficiente el DNI para coger un vuelo, no siendo imputable a la compañía la falta de documentación necesaria.
-españoles con vuelos nacionales – Será válido el DNI o el Pasaporte Caducado, si se hubiera extraviado estos será válido también el permiso de conducir en vigor siempre que este emitido en España.
– Españoles con vuelos extranjeros – Salvo que dispusiere otra cosa la normativa como la UE donde es válido el DNI , será necesario el Pasaporte con una validez de seis meses mínimo y el preceptivo visado en caso de exigirse.
3º.- Retrasos por Huelgas de Controladores
No será imputable a la Compañía y por tanto no podrá exigirse indemnización alguna cuando sea por causa de huelgas convocadas por trabajadores que intervienen en el transporte aéreo.
4.- Equipaje de Mano
Si el pasajero se ha negado a volar por que la compañía aérea no ha admitido su maleta como equipaje de mano, tampoco tendrá derecho a solicitar indemnización.
Esperamos que hayan tenido unas felices Vacaciones
Fdo. Rosa Maria Somolinos Rodríguez