201910.16
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El Tribunal Supremo aplica la doctrina marcada por el TJUE sobre desahucios

El TS aplica la doctrina marcada por el TJUE e impide los desahucios con menos de 12 meses de impagos.

En las últimas semanas se ha dictado una nueva postura por el Tribunal Supremo sobre la imposibilidad de desahucios hipotecarios con menos de 12 meses de impagos y sin embargo, poco se ha dicho, escrito y explicado.
Esta medida adoptada por el supremo supone un pequeño respiro para muchos ciudadanos que por avatares de la vida se encuentra en un situación económica difícil y con la apremiante presión de las entidades bajo sus cabezas.
El Tribunal Supremo ha querido adaptar con la entrada en vigor de la nueva ley 5/2019, de 15 de marzo (LCCI) establecer unos criterios mas beneficiosos para el consumidor.

Por ello en los procedimientos de Ejecuciones Hipotecarias que estén en vigor, en lo que por el momento no se ha producido el desahucio se deben tener en cuenta:
1º Los procesos en los que la hipoteca se dio por vencido antes de la entrada en vigor de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, sean sobreseídos sin más trámite.
2º En los procesos que, después de la entrada en vigor de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, en los que se ejecutó el préstamo, sean sobreseídos si los impagos de las cuotas de la hipoteca son inferiores a 12 meses
3º Si el impago de cuotas es superior a los 12 meses, el procedimiento de desahucio podrá continuar.

No es la solución a la difícil situación de muchas familias, pero al menos si es el inicio de un cambio ante ciertas practicas abusivas por las entidades bancarias. Con ello no deben los ciudadanos obviar las posibilidades que les ofrece la Ley de Segunda oportunidad para las personas físicas.

Fdo. Rosa Maria Somolinos Rodriguez
Letrada del ICAM

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