202004.28
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CERTIFICADO DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA

A nivel inmobiliario, existen muchísimas normativas que seguramente desconozcamos. Ya no hablamos de documentación en una compraventa o alquiler o la obligatoriedad de seguro del hogar. Algo tan básico como la instalación eléctrica de nuestra vivienda posee una normativa.

En este sentido, vamos a hablar del Certificado de Instalación Eléctrica, uno de los documentos necesarios sobre la electricidad y el consumo eléctrico en nuestra vivienda.

 Certificado de Instalación Eléctrica

También denominado CIE o Boletín Eléctrico, este certificado consiste en un documento que afirma que la instalación eléctrica de nuestra vivienda está bien y puede haber suministro eléctrico en ella.

Este certificado lo solicita la distribuidora de la zona, por medio de tu comercializadora, por requerimiento del Real Decreto 842/2002, correspondiente al Reglamento electrotécnico de baja tensión. Este Reglamento afirma que la Comunidad Autónoma tendrá poder en cuanto a la inspección a instalaciones y las tasas para realizar trámites.

Este certificado posee una vigencia máxima de 20 años, y se requiere (es decir, que es obligatorio) para las siguientes gestiones:

  • Dar de alta el suministro.
  • El boletín tiene más de veinte años.
  • Se quiere modificar la potencia. EN este sentido, se suele pedir en todas las modificaciones, pero es más importante (y siempre se pide) si la potencia que solicitamos sea superior a la potencia máxima que aparece en el certificado.
  • Cambiar instalación eléctrica de monofásica a trifásica, o viceversa.
  • La propia distribuidora puede solicitarlo si ve alguna característica especial en la instalación.

El reglamento

La instalación en una vivienda se denomina de baja tensión porque es de uso particular y no de distribución. En este sentido, corresponde al propietario el mantenimiento de la instalación y posee la responsabilidad de que sólo intervengan en esas instalaciones profesionales certificados. El reglamento se ajusta a regulaciones de la Unión Europea, incluyendo, por ejemplo, exigencias relativas a materiales así como a sus pautas de fabricación.

Este reglamento establece la necesidad de realizar memorias técnicas de instalaciones eléctricas para las construcciones nuevas y que el propietario reciba una copia.

En este reglamento también aparece qué empresas e instaladores están autorizados a emitir dicho boletín. Hacerlo mediante un profesional no autorizado hará que el certificado no sea válido. Además, también existen multas para aquellas empresas no autorizadas que realicen este tipo de certificación.

Tanto para el propietario como para el instalador, la cuantía de la multa por, o bien no tener el certificado, o bien realizarlo sin autorización, dependerán de su gravedad. Existen tres tipos de infracciones,  leves, graves o muy graves, de la Ley, así como la correspondiente relación de sanciones que se corresponden con aquellas. Como ejemplo, la expedición de certificados, informes o actas cuyo contenido no se ajuste a la realidad de los hechos se considera una infracción muy grave.

Las infracciones serán sancionadas en la forma siguiente:

  • Las infracciones leves tendrán multas de 3.005,06 euros.
  • En caso de las infracciones graves, las multas irán desde 3.005,07 hasta 90.151,82 euros.
  • Las infracciones muy graves conllevarán multas desde los 90.151,83 hasta 601.012,10 euros.
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