Convocatoria de Juntas tanto Ordinarias como Extraordinarias.
Asistencia del Administrador y el Asesor a las Juntas.
Redacción de Actas.
Remitir actas a los propietarios dentro de los 20 días de la fecha de su celebración. Por correo ordinario, o en el buzón de la comunidad.
La Junta Ordinaria se celebrará al menos una vez al año.
Las Juntas Extraordinarias se celebrarán cada vez que sean necesarias, 2 reuniones incluidas en presupuesto.